¿Cómo cobrar el paro en UK o en otro país de la UE?

Sí se puede cobrar el paro si decidimos emigrar a otro país de la UE. La prestación por desempleo puede recibirse durante tres meses prorrogables hasta seis meses si emigramos a países dentro de la UE. Para poder seguir cobrando el paro fuera de España necesitas el U2 que es el documento que te permite exportar el paro.

El U2 tienes que tramitarlo en tu centro de desempleo en España antes de venir. También tienes la opción de solicitarlo y que te lo manden a tu dirección en UK pero es más seguro si lo traes en mano para evitar retrasos. Este documento funciona así: desde el momento en que llegas a UK, según tu fecha de partida que debes comunicar al SEPE, tienes 7 días naturales para pedir el National Insurance Number y presentar el U2 en UK. A partir de ese momento pasas a estar sujeto a las normas y condiciones del sistema británico. Es decir, deberás ir a sellar cada 15 días y cumplir con lo que te exigen. En general, debes rellenar una cartilla donde justificas que estás buscando empleo de manera real. No suelen hacerte muchas preguntas pero aquí, a diferencia de España, son más estrictos con los controles.

El principal problema del U2 viene si decides ir a España dentro de estos tres o seis meses que estás exportando la prestación. España es quien sigue pagando tu prestación en tu cuenta corriente española pero debes cumplir con la normativa británica. Si tienes que salir a España, en tu Job Center te dirán que no hay ningún problema pero que debes interrumpir la prestación. Ten cuidado porque lo que no tienen en cuenta es que de acuerdo con el Servicio Público de Empleo español sólo puedes exportar tu prestación UNA vez. Es decir, en el momento en el que el Job Center te diga que va a mandar un mail comunicando a España que sales del país, aunque ellos sí permiten que reprendas la prestación, en España ya no te dejarán.

¿Qué soluciones tenemos?

-Salir de UK sin decir nada al Job Center. Esto implica que deberás estar aquí para las fechas de sellado y corres el riesgo de perder la prestación si pueden probar que has salido de UK.

-Si no puedes estar aquí para la siguiente fecha de sellado, puedes comunicar al Job center que vuelves a España y reanudar allí la prestación sin problema. Lo que pasa es que ya no podrás volver a «exportarla». La única opción que tienes es interrumpir la prestación, dejar de cobrarla, durante un máximo de tres meses sin justificar ningún motivo. Si la interrumpes más tiempo (máximo un año) deberás justificar que has estado estudiando o trabajando aquí cuando vuelvas a España y ellos decidirán si puedes retomarla o no al volver.

Ya que en España sólo se sella cada tres meses, mucha gente opta por venir aquí sin comunicarlo al SEPE. Corres el riesgo de que te extingan la prestación si en España se dan cuenta. Existen los controles de asistencia, es decir, te mandan una carta certificada a tu casa y te exigen que te presentes en tu centro SEPE en un par de días. No pueden extinguirte la prestación a través de otro tipo de comunicación, es decir, sólo pueden comunicarte el control de asistencia mediante carta certificada pero no por teléfono ni internet.